En esta sección podrás encontrar resueltas las preguntas más frecuentes, también atenderemos todas tus dudas.

  1. ¿Qué documentación médica tengo que llevar en caso de accidente de tráfico?
  2. ¿Qué plazo de tiempo tengo para reclamar en caso de accidente de tráfico?
  3. ¿Si no se llega a un acuerdo con la compañía de seguros, ustedes irían a declarar en el Juicio?
  4. ¿Si me he caído en la calle por el mal estado de la acera, puedo reclamar? ¿Qué tengo que hacer?

1.¿Qué documentación médica tengo que llevar en caso de accidente de tráfico?

En el caso de accidentes de tráfico es muy importante que acuda al Servicio de Urgencias que le corresponda para ser atendido de sus lesiones. Guarde el informe médico de esta asistencia porque su valor es muy importante para establecer el nexo de causalidad entre el accidente y las lesiones provocadas.

En cualquier asistencia médica que tenga posteriormente, relacionada con el accidente (médico de cabecera por ejemplo) solicite un informe de haber sido asistido y el motivo.
– Si fuera necesaria una intervención quirúrgica, guarde el informe de alta en el que se informe de la intervención y de los días de hospitalización. Parte médico de baja/alta laboral si lo tuviera.
– Si ha asistido a un Centro Médico de Rehabilitación, solicite la hoja de asistencia diaria a las sesiones de rehabilitación y un informe médico evolutivo en el que se informe de la evolución de sus lesiones desde el primer día que acudió a rehabilitación hasta la fecha en el que se procede al alta médica definitiva con secuelas o no.
– Si posee radiografías o resonancias, también debe aportarla.

Con esta documentación nosotros podemos establecer la relación de causalidad, los días de curación y las secuelas si las hubiera.

2. ¿Qué plazo de tiempo tengo para reclamar en caso de accidente de tráfico?

En general, el plazo de tiempo es de un año desde el accidente o de un año desde la estabilización de las lesiones. Es decir, desde que le den el alta médica definitiva de las lesiones producidas por el accidente. Nos referimos al alta por parte del rehabilitador o médico encargado de la rehabilitación, no del alta laboral.

3. ¿Si no se llega a un acuerdo con la compañía de seguros, ustedes irían a declarar en el Juicio?

Si. En caso de llegar a Juicio acudiremos al mismo previa citación Judicial.

 

 

4. ¿Si me he caído en la calle por el mal estado de la acera, puedo reclamar? ¿Qué tengo que hacer?

  • En primer lugar llamar a la Asistencia Sanitaria para que le atienda de sus lesiones.
  • También debe avisar a la Policía Local para que instruya un atestado y haga las fotografías pertinentes de la zona donde usted se haya caído y tome declaración a los testigos si los hubiere.
  • Acuda al Servicio de Urgencias Hospitalario que le corresponda para que la atienda y se emita el informe médico correspondiente. Esto es muy importante para poder establecer el nexo de causalidad entre la caída y las lesiones.
  • Haga el tratamiento que le prescriban, reposo, rehabilitación, etc y guarde siempre las facturas de desplazamientos con ocasión de su asistencia médica o compra de material de ortopedia, por ejemplo.
  • Acuda a un abogado especializado en esta materia desde el primer momento para que le asesore y para que presente la reclamación por responsabilidad patrimonial al Organismo responsable (generalmente los Ayuntamientos).
  • Cuando haya finalizado el tratamiento médico o rehabilitador y reciba el alta definitiva, póngase en contacto con un especialista en valoración del daño corporal para que le realice el correspondiente informe médico forense, estableciendo las secuelas, su valoración así como los días de curación y posibles limitaciones permanentes.

Si tiene otras preguntas no dude en ponerse en contacto con nosotros en el
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