Si ha sufrido un accidente casual (caída accidental) por el mal estado de la vía pública o de espacios de responsabilidad pública (losetas sueltas o en mal estado, alcantarillas ausentes, desperfectos en parques o jardines públicos) tiene derecho a reclamar una indemnización por el anormal funcionamiento de la Administración Pública.

El artículo 32 de la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público regula la responsabilidad patrimonial de la Administración, estableciendo el derecho de los particulares a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sean consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los Servicios Públicos.

 

Nuestro informe pericial irá dirigido a establecer el nexo de causalidad necesario para la reclamación de los daños, así como la valoración de las secuelas derivadas de las lesiones y del tiempo de curación.

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